Clasificación y legislación de humedales

Costa Rica desarrolló un sistema propio de clasificación de humedales:

1. Sistema marino: incluye áreas litorales expuestas a aguas oceánicas como las fanerógamas o arrecifes de coral y si estos no existieran, hasta los 6 m de profundidad. Dentro de este sistema se encuentran:

- Lechos marinos submareales

- Costas marinas rocosas

- Aguas someras permanentes: >6 m de profundidad en marea baja (bahías y estrechos)

- Playas arenosas o de guijarros: (islotes de arenas, la parte posterior de la playa como dunas)

- Arrecifes de coral

El fondo puede ser: rocoso, inconsolidado (no es firme como arena, lodo, materia orgánica, etc), lecho acuático (algas, plantas vasculares...), arrecife (coral, molusco, gusanos) o fondo desconocido

Fig 1. Ejemplo de lecho acuático

Legislación de humedales

La Convención Ramsar es la única convención mundial que protege a un ecosistema en específico y es una de las más importantes.

- En el artículo 4 de esta ley se establece la conservación de zonas húmedas y aves acuáticas migratorias.

- Ley 276: las aguas de dominio público corresponden a, las de los mares, lagunas, esteros, arroyos, manantiales, ríos y afluentes. También son propiedad nacional las playas y zonas marítimas.

- Ley 149: prohíbe la destrucción de bosques nacionales y de árboles localizados a menos de 60 m de manantiales o a menos de 50 m de terrenos planos.

- Ley Orgánica del Ambiente 7554: clasifica las áreas silvestres protegidas dentro de las cuales se encuentran algunos humedales y prohíbe el cambio de uso de suelo en estos ecosistemas como diques o canales artificiales.

- Ley Forestal 7575: prohíbe el aprovechamiento de la madera de los manglares.

- Ley de Uso y Manejo de la conservación del suelo 7779: promueve la conservación del suelo, el cual incluye a los humedales puesto que estos se encuentran sobre un recurso suelo

- Ley de pesca y acuicultura: Se prohíbe la pesca deportiva y actividad pesquera en parques nacionales, reservas biológicas y manglares.

En CR existen 13 manglares declarados decretos uno de ellos es el Térraba-Sierpe. Actualmente existe una política de humedales que rige del 2017 al 2030 con los siguientes principios:

1. Conservación y uso sostenible
2. Gestión participativa
3. Criterios preventivo y precautorio
4. Mantenimiento y restauración del ecosistema
5. Aumento de resiliencia
6. Subsidiaridad
7. Responsabilidad 

Por lo tanto, para proteger de forma más eficiente los humedales, la Convención Ramsar en asociación con otras Organizaciones Internacionales Asociadas (OIA) ha propuesto una serie de soluciones para combatir la degradación de estos ecosistemas:

- Concientizar a la población en cuanto a la importancia y conservación de los mismos
- Involucrar al sector público y privado con el fin de forjar alianzas y obtener fondos


Bibliografía

Astrálaga, M. (2006). La Convención Ramsar y los ecosistemas de manglar. Secretaría de la Convención Ramsar. Suiza.


Figuras

Fig 1. Recuperada de: https://es.wikipedia.org/wiki/Pradera_marina


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